top of page

Divorcio y Separación

Compensación económica, requisitos para otorgamiento y su negativa.

La compensación económica es un derecho que se otorga a la pareja que ha sufrido un desequilibrio económico en el marco de un divorcio o separación de hecho.


La finalidad de esta compensación es lograr un pago por el tiempo y dedicación a los trabajos del hogar y cuidado de los hijos.


Es necesario:

  • Que haya existido una convivencia por un tiempo significativo.

  • Que se haya producido un desequilibrio económico: Es decir una diferencia importante en los ingresos y patrimonio de ambos cónyuges.

  • Que el desequilibrio no pueda ser subsanado por otros medios: Es necesario que el cónyuge que ha sufrido el desequilibrio no tenga la capacidad de subsanar esa diferencia de ingresos y patrimonio de otra manera.

En caso de que estos requisitos se cumplan, el juez puede otorgar la compensación económica, que puede ser en una suma única o en pagos periódicos durante un período determinado.


En cuanto a la negativa de la compensación económica, esta puede ocurrir cuando el juez considera que no se cumplen los requisitos mencionados anteriormente. También puede ocurrir si se prueba que el cónyuge que supuestamente ha sufrido el desequilibrio económico ha sido responsable de su propia situación financiera, o si se demuestra que ha actuado de mala fe en la relación o en el proceso de separación o divorcio. Cada caso es único y debe ser analizado de manera individual por el juez encargado del proceso.





10 visualizaciones0 comentarios

Entradas recientes

Ver todo
bottom of page